¿Qué es el formulario D2 SETENA y cuándo debe aplicarse?
Formulario D2 SETENA | En Costa Rica los permisos de Viabilidad Ambiental son otorgados por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA). Estos son exigidos para todo proyecto enmarcado en el plan nacional de desarrollo, tales como las actividades agrícolas, industriales o constructivas.
Dependiendo de la magnitud e impacto ambiental del proyecto, este debe llenar uno u otro formulario. En el caso de proyectos de bajo impacto ambiental, este corresponde al Formulario D2.
El Formulario D2 aplica para aquellos proyectos de bajo impacto ambiental y tiene el estatus de declaración jurada. No obstante, esto no exime al proyecto de tener al día sus Estudios de Impacto Ambiental correspondientes, y realizados por consultores ambientales expertos.
Cualquier observación de la entidad sobre el desarrollo del proyecto que comprometa esta declaración, debe estar debidamente justificada.
¿Cuáles requisitos de viabilidad ambiental suple el formulario D2?
Los requisitos de Viabilidad Ambiental exigidos por el formulario D2 siguen el Decreto 31849 y sus reformas, el cual establece que debe llenarse para aquellas actividades, obras o proyectos nuevos de categoría C (Bajo Impacto Ambiental Potencial) o los B2 con Plan Regulador aprobado por SETENA, los cuales se incluyen en la lista del Anexo 2 del decreto mencionado.
Otro requisito importante es la prohibición de mover más de 200 m3 de tierra o actuar sobre un área que comprenda un ecosistema vulnerable.
Como observamos anteriormente, este tipo de proyectos debe contar con el suficiente respaldo jurídico-técnico en el área ambiental ante cualquier solicitud de SETENA.
Esta entidad se reserva el derecho de aprobar o no la Viabilidad Ambiental según el impacto estimado del proyecto según las exigencias de ley, que además obliga a los desarrolladores a cumplir con el Código de Buenas Prácticas Ambientales (CBPA).
¿Quiénes son las personas idóneas para llenar y presentar el formulario D2?
Lo ideal es contratar consultores ambientales especializados para que se encarguen de los trámites de Viabilidad Ambiental, tal como en el caso del Formulario D2, aunque este pueda ser llenado por el desarrollador. ¿Por qué?
Para evitar atrasos en los proyectos que se deben tramitar ante SETENA, especialmente cuando median otras actividades industriales sensibles vinculadas al proyecto o los ecosistemas afectados puedan incurrir en algún tipo de riesgo por causas ajenas al desarrollo normal del proyecto, como una emergencia natural o accidente.
En OSD Consultoría Ingtegral le ofrecemos nuestra amplia experiencia y compromiso técnico-ambiental para agilizar cualquier trámite ante SETENA con el fin de obtener la Viabilidad Ambiental sin comprometer su inversión.
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