¿Quién Puede Registrar un Pozo en Costa Rica?

Todos los pozos perforados con maquinaria o equipo especializado y que no haya contado con el respectivo permiso de perforación y/o concesión para el aprovechamiento de aguas subterráneas otorgado por la Dirección de Aguas MINAE; deberá ser inscrito ante este Ministerio, solicitando conjuntamente la inscripción y respectiva concesión ante dicha institución, dentro del lapso de tiempo dispuesto en el Reglamento.

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Gobierno extiende el plazo para registrar pozos

El Gobierno de Costa Rica bajo el decreto No. 41851-MP-MINAE-MAG, ha permitido que durante el período del 24 de setiembre de 2019 y hasta el 24 de marzo de 2020, quienes posean un pozo perforado sin autorización, antes del año 2010, puedan acogerse a este proceso especial (Amnistía) para el registro de los pozos, con las siguientes ventajas y beneficios:

  • Simplifica trámites
  • Le da acceso a obtener la concesión de aprovechamiento de aguas
  • Evita el proceso de sellado o clausura del pozo
  • Hace disponible las garantías legales de la entidad reguladora
  • Mejora la productividad y la competitividad
  • Genera empleo, lo que promueve el desarrollo económico y social

 

 

 

 

 

Acerca de este artículo en nuestro blog: Amnistía de Pozos Costa Rica